ENTIDAD PROMOTORA: Asociación Grupo de Acción Local "Liébana"
GERENTE: Mª Teresa de la Fuente Royano
DIRECCIÓN:
Oficinas del Grupo de Acción Local "Liébana"
C/ San Roque, 7, 2ª planta
(Antiguo Convento de San Raimundo)
39570 Potes
Cantabria
TELÉFONO: 942 730726
FAX: 942 730966
E-MAIL: liebana@cantabriainter.net
DURACIÓN DEL PROGRAMA: 2002-2006
ÁMBITO ACTUACIÓN:
El PRODERCAN de la comarca de Liébana se aplica en los siete municipios que componen la misma: Cabezón de Liébana, Camaleño, Cillorigo de Liébana, Pesaguero, Potes, Tresviso y Vega de Liébana.
OBJETIVOS GENERALES
Las ayudas a inversiones productivas tendrán como objetivo la valorización del patrimonio natural y cultural y la mejora del entorno económico, a fin de contribuir a la creación de empleo en la zona.
MEDIDAS
- Servicios a la población.
- Patrimonio natural.
- Valoración de productos locales agrarios.
- Pymes y servicios.
- Valoración del patrimonio cultural y arquitectónico.
- Turismo.
- Otras inversiones.
- Formación y empleo.
BENEFICIARIOS
Podrán beneficiarse de estas ayudas:
Los empresarios individuales, sociedades mercantiles, sociedades agrarias de transformación, cooperativas, sociedades laborales y cualquier otra entidad con personalidad jurídica y recogida en la legislación vigente, así como las Entidades Públicas de carácter local que cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos:
- Acometer un proyecto de inversión localizado en la comarca de Liébana.
- Ser pequeña empresa en los términos establecidos en el Reglamento (CE) 70/2001.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la seguridad social.
- Mantener el destino de la inversión auxiliada, al menos, durante cinco años posteriores a la certificación de finalización de inversiones.
- Para las Cooperativas, S.A.T., Sociedades Laborales u otras entidades jurídicas de trabajo asociado que se dediquen a la producción, comercialización y/o transformación de productos agrarios, los límites de plantilla serán de 250 trabajadores, el volumen de negocios anual de 20 millones de € y el balance general de 10 millones de €.
- En el caso de entidades públicas de carácter local no se aplica el segundo y tercer apartado.
DOCUMENTACIÓN A ENTREGAR
- Solicitud de ayuda
- Fotocopia del D.N.I. o, en su caso, del C.I.F. del/os solicitante/s
- Proyecto o memoria sobre la inversión o actividad. Cuando el proyecto implique obra civil, deberá presentarse un proyecto, visado por el Colegio correspondiente, bastando en el momento de la solicitud con un anteproyecto.
- Declaración de las ayudas obtenidas y/o solicitadas a otros Organismos o Administraciones.
- Acreditación del cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y, en su caso, declaración-liquidación de impuestos y boletines de cotización.
- Acreditación de la propiedad o capacidad legal de uso y disfrute de los bienes del proyecto.
- Permisos, inscripciones y registros, y/o cualesquiera otros requisitos que sean exigibles por la Comunidad Autónoma y/o municipio, para el tipo de mejora o actividad de que se trate.
- Declaración jurada de generación o mantenimiento de empleo, y documentación justificativa del empleo inicialmente existente.
- Compromiso de respetar el destino de la inversión durante, al menos, 5 años posteriores a su realización.
- Compromiso de no realizar ninguna transmisión de uso o de dominio sin autorización previa en el periodo que abarca hasta los 5 años posteriores a la finalización de la inversión.
- Compromiso de poner a disposición del G.A.L., la Comunidad Autónoma, Organismo Intermediario, de la CE o de los Órganos de Control, la documentación necesaria para que puedan recabar información y verificar la inversión o gasto, hasta los 5 años siguientes al pago de la ayuda.
- Otros documentos que el G.A.L. o la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca estimen necesarios.
MÁS INFORMACIÓN
- Orden de 18/10/2001, de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, por la que se convoca concurso para la selección de Planes Comarcales de Desarrollo Rural y se establecen los requisitos generales para su puesta en marcha (BOC nº 208, de 26 de octubre de 2001).
- Real Decreto 2/2002, de 11-1-2002, por el que se regula la aplicación de la iniciativa comunitaria "Leader Plus" y los programas de desarrollo endógeno de Grupos de Acción Local, incluidos en los PRODER (BOE nº 11, de 12 de enero de 2002).
- Reglamento (CE) nº 1257/1999 de 17-5-1999, sobre la ayuda de desarrollo rural a cargo del FEOGA. (DOCE, L 160 de 26 de junio de 1999).
Los Programas Regionales y los Planes Comarcales pueden consultarse en la oficina del Grupo de Acción Local y a través de Internet.
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